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Embajadas extranjeras

198 Aniversario de la Declaratoria de la Independencia Nacional de Uruguay

Embajador de la República Oriental del Uruguay, Su Excelencia, Carlos Enciso Christiansen, celebró esta fecha tan importante para su país con una recepción en su residencia

El 25 de agosto de 1825, la Sala de Representantes, reunida en la Florida, Uruguay, proclamó la Declaratoria de la Independencia de la Provincia Oriental de todo poder extranjero y su unión a las Provincias Unidas del Río de la Plata.

La Declaratoria de la Independencia, expresada en una de las leyes promulgadas, fue antecedida por una serie de acontecimientos de gran importancia. Siendo el más importante el levantamiento oriental contra el ejército brasileño que ocupaba la Provincia Oriental desde 1820. Este movimiento revolucionario se había iniciado el 19 de abril de 1825 al producirse el “Desembarco de los Treinta y Tres Orientales” al mando de Juan Antonio Lavalleja. A la lucha se unieron distintos caudillos, entre los que se destaca Fructuoso Rivera, que hasta ese momento colaboraba con el ejército brasileño.

Lavalleja convocó a los cabildos de la campaña para que enviaran representantes para la conformación de un gobierno provisorio. Este tendría por objetivo administrar el territorio liberado por los patriotas. Este gobierno se constituyó en la villa de Florida el 14 de junio de 1825. El 17 de junio el gobierno convocó a los pueblos de la campaña para la elección de los diputados que integrarían la Sala de Representantes de la Provincia Oriental. Las instrucciones enviadas a los pueblos disponían que cada uno de ellos contará con un representante elegido por tres vecinos propietarios en el mismo pueblo o su jurisdicción. Estos electores, a su vez, serían elegidos por los vecinos varones establecidos en el pueblo mayores de veinte años, con excepción de los esclavos.

Las elecciones se realizaron en el contexto de la lucha, al que se le sumaban las condiciones climáticas propias de la estación invernal. A pesar de todo, los diputados fueron llegando a la villa de Florida y el 20 de agosto quedó inaugurada la primera sesión de la “Honorable Sala de Representantes de la Provincia Oriental”. Estaba integrada por diputados de los siguientes pueblos: Guadalupe de Canelones, San José, San Salvador, San Fernando de la Florida, Nuestra Sra. De los Remedios (Rocha), San Pedro de Durazno, San Fernando de Maldonado, San Juan Bautista, San Isidro de la Piedras, Rosario, Vacas, Pando, Minas y Víboras. El presbítero de Canelones Juan Francisco Larrobla (1774-1842) fue elegido presidente de la Sala.

Una de las primeras resoluciones fue nombrar a dos diputados que representarían a la provincia en el Congreso de las Provincias Unidas, que en esos momentos sesionaba en Buenos Aires y tenía la representación de gran parte del antiguo virreinato del Río de la Plata. Otra resolución nombró a Lavalleja “Gobernador y Capitán General de la Provincia Oriental”.

Sin embargo, las leyes más importantes fueron las aprobadas el 25 de agosto. Ya el 21 de ese mes, Larrobla planteó la cuestión de cómo se debía resolver la nulidad de los actos de incorporación a Portugal y Brasil por el Congreso Cisplatino de 1821. Los diputados Carlos Anaya y Luis E. Pérez elaboraron los proyectos de ley que finalmente se aprobaron.

La primera ley, la de independencia, consta de dos partes. La primera declara la nulidad y anulación de los actos de incorporación ya mencionados y en la segunda la provincia reasumía su soberanía, expresando: “Se declara de hecho y de derecho, libre e independiente del Rey de Portugal, del Emperador del Brasil, y de cualquiera otro del universo, y con amplio poder para darse las formas que, en uso y ejercicio de su soberanía, estime conveniente”.

La segunda ley, la de unión, dispone que “Queda la Provincia Oriental del Río de la Plata unida a las demás de este nombre en el territorio de Sud América, por ser libre y espontánea voluntad de los pueblos que la componen, manifestada con testimonios irrefragables y esfuerzos heroicos desde el primer período de la regeneración política de dichas provincias”.

La tercera ley, la de pabellón, fijaba como pabellón provincial el tricolor, con tres franjas horizontales celeste, blanca y punzó.

Estas leyes respondían a la necesidad jurídica y política de afirmar la institucionalidad del movimiento revolucionario para asegurar su incorporación a las Provincias Unidas.

En Buenos Aires, Argentina, el Embajador de la República Oriental del Uruguay, Su Excelencia, Carlos Enciso Christiansen, celebró esta fecha tan importante para su país con una recepción en su residencia a la cual acudieron autoridades del Gobierno argentino, cuerpo diplomático e invitados especiales.

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